Estimados/as amigos/as:

Os informamos, para vuestro interés y conocimiento, que ha salido publicada en el BOJA nº 115 del día de la fecha, Orden de 12 de enero de 2010, por la que se regulan y convocan subvenciones en el ámbito de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social para el año 2010.

Sectores de población destinataria.
1. Las subvenciones reguladas en la presente orden se destinarán a la atención de los siguientes sectores de población:

  1. Menores.
  2. Personas con problemas de drogodependencias y adicciones.
  3. Comunidad gitana.
  4. Colectivos con necesidades especiales.
  5. Emigrantes e Inmigrantes.
  6. Voluntariado social.
  7. Personas mayores.
  8. Personas con discapacidad.
  9. Personas en situación de dependencia.

Plazo.

  • Las solicitudes de subvenciones institucionales deberán ser presentadas en el plazo de treinta días naturales (Finaliza el día 3 de marzo). Se exceptúan, no obstante, las relativas a emigrantes residentes en el exterior, cuyo plazo será de noventa días naturales. Asimismo, se exceptúan las solicitudes de subvenciones para la atención a la Comunidad Gitana a que se refiere el artículo 49, que se presentarán entre el 1 y el 30 de abril de 2010.
  • En las subvenciones por urgencia social contempladas en la Disposición adicional primera, el plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de diciembre de 2010.
  • Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, los plazos de presentación de solicitudes se computarán, en todo caso, a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.