Publicada en el BOJA nº 64 del 2 de abril de 2009 la ORDEN de 27 de febrero de 2009, por la que se convocan subvenciones a proyectos de coeducación presentados por las Asociaciones de Madres y Padres del Alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos para el curso 2009/2010.

La presente Orden tiene por objeto convocar para el curso 2009/2010 las ayudas a proyectos de coeducación que promuevan la igualdad entre hombres y mujeres en educación, realizados por las Asociaciones de Madres y Padres de alumnas y alumnos de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.

Los proyectos a los que se refiere la presente Orden irán destinados al desarrollo de estrategias de colaboración entre la familia y la escuela, para fomentar una educación en igualdad entre ambos sexos, con la participación de todos los miembros de la comunidad educativa.

La convocatoria de estas ayudas se regirá por las bases establecidas en la Orden de la Consejería de Educación, de 23 de abril de 2007, BOJA de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de voluntariado y de participación de asociaciones en actividades complementarias y extraescolares en los centros docentes sostenidos con fondos públicos y se efectúa su convocatoria para el curso 2007/2008.

Los proyectos presentados tendrán una duración de un año y se desarrollarán durante el curso escolar 2009/2010.

Beneficiarios y beneficiarias.
Podrán participar en esta convocatoria las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnas y Alumnos de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de todos los niveles educativos.

Solicitudes y documentación.
Las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnas y Alumnos que deseen participar en las convocatorias de proyectos de coeducación deberán hacerlo mediante solicitud dirigida a la persona titular de la Dirección General de Participación y Equidad en Educación, según el modelo que como Anexo I se acompaña en esta Orden. El modelo se podrá obtener en la página web de la Consejería de Educación (http://www.juntadeandalucia.es/educacion) y en sus ocho Delegaciones Provinciales.

Las solicitudes deberán suscribirlas quienes figuren como titulares o cualquier persona con poder suficiente; en el caso de que la titularidad corresponda a una persona jurídica, la solicitud deberá ser firmada por quien ostente la representación legal de ésta.
Los proyectos se presentarán en sobre cerrado, en cuyo exterior se anotará sólo el título del mismo, y en su interior se incluirá la siguiente documentación:

  1. Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad de la persona representante legal de la asociación.
  2. Tarjeta de Identificación Fiscal o fotocopia compulsada de la misma, de la Asociación de Madres y Padres.
  3. Fotocopia compulsada del certificado de inscripción de la asociación en el registro que por su naturaleza le corresponda.
  4. Fotocopia compulsada de los estatutos de la asociación.
  5. Descripción del proyecto de acuerdo con el modelo que figura en el anexo II de esta Orden, junto con una copia en soporte informático, disquete, CD-ROM, o DVD-ROM, y con una etiqueta identificativa que incluya el título del trabajo.
  6. Presupuesto desglosado de la ayuda solicitada, de acuerdo con el modelo que figura en el Anexo III de esta Orden.
  7. Declaración expresa responsable de que la entidad solicitante se compromete a adoptar el comportamiento que garantice la realización de todas las actividades objeto de la subvención concedida, y a financiar íntegramente el proyecto en la parte que no haya sido subvencionada por la Consejería de Educación, así como que en la entidad no concurren ninguna de las circunstancias contenidas en el artículo.4.3 de la Orden de 23 de abril de 2007, según Anexo IV.
  8. Declaración responsable, firmada por el responsable legal de la entidad, de la existencia o no de otras ayudas o subvenciones que para la misma finalidad hayan sido solicitadas y/o concedidas por esta u otras administraciones, entes públicos o privados, nacionales o internacionales. En caso afirmativo deberá indicarse la entidad concerniente y el importe, según Anexo V.
  9. Acreditación del representante de la entidad: Certificado en que se haga constar la fecha de nombramiento del Presidente/a de la Entidad y la vigencia del mismo, según Anexo VI.
  10. Certificado del apoyo expreso del Consejo Escolar emitido por la dirección del centro, según modelo establecido en el Anexo VII.
  11. Certificado de la entidad bancaria, que acredite la entidad, sucursal, dígitos de control y cuenta corriente abierta a nombre de la Asociación de Madres y Padres de Alumnas y Alumnos, a través de la cual deberá librarse la subvención que se conceda, según Anexo VIII.

Lugar de presentación.
Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro General de la Consejería de Educación o en el registro de las distintas Delegaciones Provinciales de Educación, sin perjuicio de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de acuerdo con el artículo 6.5 de la Orden reguladora.
El plazo de presentación de las solicitudes hasta el 2 de mayo del 2009 inclusive